Cada trimestre, el responsable de RR. HH. o de administración necesita reunir las retenciones de IRPF aplicadas en todas las nóminas del período y en las facturas de profesionales con retención. Las cifras alimentan el modelo 111, la autoliquidación que traslada las cantidades retenidas a la Agencia Tributaria.
Según la Agencia Tributaria, las retenciones por rendimientos del trabajo y actividades económicas crecieron un 8,7% en 2025.
La mayor parte de la información del modelo 111 sale de las nóminas: número de perceptores, importes brutos satisfechos y retenciones aplicadas a cada trabajador. La precisión de la autoliquidación depende de que cada retención se haya calculado y registrado correctamente en la nómina de origen.
Qué es el modelo 111 de la AEAT
El modelo 111 es la autoliquidación con la que empresas y autónomos declaran e ingresan en Hacienda las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados durante el período. Se presenta de forma trimestral o mensual, según el tipo de obligado tributario.
- Rendimientos del trabajo: retenciones aplicadas en las nóminas de los empleados.
- Rendimientos de actividades económicas: retenciones en facturas de profesionales, actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
- Premios: retenciones sobre premios de juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
- Aprovechamientos forestales: ganancias patrimoniales derivadas de montes públicos.
- Derechos de imagen: contraprestaciones sujetas al régimen especial del artículo 92.8 de la Ley del IRPF.
La autoliquidación no es un impuesto propio de la empresa. La empresa retiene una parte de la renta que paga a terceros y la ingresa en la Agencia Tributaria en nombre del perceptor.
Quién está obligado a presentar el modelo 111
Presentan el modelo 111 todas las personas y entidades que hayan practicado retenciones o ingresos a cuenta sobre alguna de las rentas incluidas en el modelo durante el período declarado.
En la práctica, la obligación afecta a dos perfiles principales: empresas con trabajadores en plantilla (retienen IRPF en cada nómina) y autónomos o empresas que pagan servicios a profesionales cuyas facturas incluyen retención de IRPF.
Un autónomo que solo emite facturas con retención, pero no retiene a terceros, no presenta el modelo 111 por las suyas propias. La retención que le aplican sus clientes la declaran los clientes en su propio modelo 111.
Al darse de alta en la actividad económica mediante el modelo 036 o 037, la empresa o el autónomo comunica a la AEAT la obligación de presentar retenciones. Si la situación cambia y deja de retener, debe comunicar la baja en la obligación censal.
Plazos de presentación del modelo 111 en 2026
La presentación es trimestral para la mayoría de empresas y autónomos. Las grandes empresas (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros en el año anterior) y determinadas Administraciones Públicas presentan el modelo mensualmente.
| Período | Plazo de presentación | Plazo de domiciliación bancaria |
|---|---|---|
| 1T (enero-marzo) | 1 al 20 de abril | 1 al 15 de abril |
| 2T (abril-junio) | 1 al 20 de julio | 1 al 15 de julio |
| 3T (julio-septiembre) | 1 al 20 de octubre | 1 al 15 de octubre |
| 4T (octubre-diciembre) | 1 al 20 de enero de 2027 | 1 al 15 de enero de 2027 |
| Grandes empresas | 20 primeros días naturales del mes siguiente | Hasta el día 15 del mes siguiente |
Si el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo, el vencimiento se traslada al primer día hábil siguiente. El plazo de domiciliación bancaria finaliza cinco días antes que el plazo general de presentación.
Cómo rellenar el modelo 111 paso a paso
El formulario se organiza en bloques que identifican al declarante, el período y las retenciones practicadas según el tipo de renta. Cada sección de liquidación diferencia entre percepciones dinerarias y percepciones en especie.
| Apartado | Casillas | Qué se declara |
|---|---|---|
| Identificación | — | NIF, nombre, apellidos o razón social del declarante |
| Devengo | — | Ejercicio fiscal y período (1T a 4T para trimestrales; 01 a 12 para mensuales) |
| Rendimientos del trabajo | 01–06 | Perceptores, importes brutos y retenciones de las nóminas del período |
| Actividades económicas | 07–12 | Perceptores, importes y retenciones de facturas profesionales y otras actividades |
| Premios | 13–18 | Retenciones sobre premios de concursos, rifas o sorteos |
| Aprovechamientos forestales | 19–24 | Ganancias patrimoniales de vecinos en montes públicos |
| Derechos de imagen | 25–27 | Contraprestaciones sujetas al régimen del artículo 92.8 |
| Total liquidación | 28–31 | Suma de retenciones (28), ingresado en complementarias anteriores (30) y resultado a ingresar (31) |
El tipo de retención aplicable en las nóminas depende de la retribución bruta, la situación familiar del trabajador y las condiciones del convenio colectivo correspondiente. Un error en el porcentaje de retención se arrastra a las casillas 01–03 del modelo y genera diferencias que Hacienda puede reclamar con recargo.
Ejemplo práctico del modelo 111 con cifras
Una empresa con cinco trabajadores en plantilla y dos proveedores profesionales con retención presenta el modelo 111 del segundo trimestre de 2026. Los datos son ficticios y los porcentajes de retención se aplican a efectos ilustrativos.
| Concepto | Perceptores | Importe satisfecho | Retenciones practicadas |
|---|---|---|---|
| Rendimientos del trabajo (nóminas) | 5 | 45.000 € | 6.750 € |
| Actividades profesionales (facturas) | 2 | 8.000 € | 1.200 € |
| Total | — | 53.000 € | 7.950 € |
La cantidad que la empresa ingresa en Hacienda a través del modelo 111 es 7.950 €. La cifra corresponde a las retenciones practicadas a los perceptores, no a un impuesto sobre los beneficios de la empresa.
Si durante el trimestre la empresa hubiese pagado algún premio sujeto a retención o contraprestaciones por derechos de imagen, las cantidades retenidas se sumarían en sus casillas correspondientes y aumentarían el total de la casilla 28.
De dónde salen los datos del modelo 111: la conexión con la nómina
Las casillas 01 a 06 del modelo 111 se alimentan directamente de las nóminas del trimestre. El número de perceptores, los importes brutos satisfechos y las retenciones practicadas a cada trabajador son datos que ya existen en la nómina antes de llegar al formulario de la AEAT.
Cuando la gestión de nóminas del período acumula incidencias (altas, bajas, cambios de retención, horas extra, complementos variables), cada incidencia modifica las cifras que después se trasladan al modelo 111. Una retención mal aplicada en una nómina de marzo se arrastra a la casilla 03 del primer trimestre y genera una diferencia que Hacienda puede detectar al cruzar los datos con el resumen anual del modelo 190.
La prenómina es el paso previo que permite verificar importes y retenciones antes de confirmar la nómina definitiva. Revisar las retenciones en la fase de prenómina reduce la probabilidad de presentar un modelo 111 con datos incorrectos y tener que recurrir a una complementaria o a una rectificación posterior.

Bizneo HR centraliza incidencias de nómina, retenciones IRPF y cambios salariales en una sola plataforma. Los datos de retenciones de cada trabajador quedan registrados y disponibles para trasladar a la autoliquidación, reduciendo los volcados manuales entre hojas de cálculo y el formulario de la AEAT.
Cómo presentar el modelo 111 por internet
La presentación electrónica es la vía habitual para empresas, autónomos y asesorías. Se realiza desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo al trámite del modelo 111 con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
El proceso sigue cinco pasos: acceder al trámite e identificarse, seleccionar el ejercicio y el período correspondiente, cumplimentar las casillas de liquidación con los datos de retenciones, revisar el total y seleccionar la forma de pago (ingreso en efectivo o domiciliación bancaria), y firmar y presentar la autoliquidación.
Una vez presentado, la AEAT genera un justificante con CSV que acredita la presentación. Guardar el justificante junto con la documentación soporte del período (nóminas, facturas con retención, certificados de retenciones entregados a los perceptores) es parte del cumplimiento. Una inspección puede solicitar la documentación de cualquier período no prescrito.
Diferencia entre modelo 111 vs. modelo 190 vs. modelo 115 vs. modelo 130
Varias autoliquidaciones y declaraciones informativas gestionan retenciones de IRPF, pero cada una cubre un tipo de renta, una periodicidad y una finalidad diferente. Confundir el modelo que corresponde a cada operación es uno de los errores más frecuentes.
| Modelo | Qué declara | Periodicidad | Quién lo presenta |
|---|---|---|---|
| 111 | Retenciones sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, aprovechamientos forestales y derechos de imagen | Trimestral o mensual | Empresas y autónomos que retienen a terceros |
| 190 | Resumen anual de todas las retenciones declaradas en los modelos 111 del ejercicio, con detalle por perceptor | Anual (enero) | Los mismos obligados del modelo 111 |
| 115 | Retenciones sobre alquileres y subalquileres de inmuebles urbanos | Trimestral o mensual | Empresas y autónomos que pagan alquileres con retención |
| 130 | Pago fraccionado del IRPF propio del autónomo en estimación directa | Trimestral | Autónomos personas físicas |
El modelo 111 declara retenciones practicadas a terceros. El modelo 130 declara un anticipo del IRPF propio del autónomo. Son obligaciones independientes: un autónomo con trabajadores puede tener que presentar ambos.
Los datos del modelo 111 y del modelo 190 deben cuadrar al cierre del ejercicio. Cada trimestre conviene verificar que la suma de perceptores, importes y retenciones del 111 coincide con los registros que alimentarán el resumen anual.
Qué ocurre si se presenta el modelo 111 fuera de plazo
Cuando la presentación se realiza fuera de plazo sin requerimiento previo de Hacienda, la Ley General Tributaria establece un recargo progresivo sobre la cantidad a ingresar:
- Hasta 12 meses de retraso: 1% más un 1% adicional por cada mes completo transcurrido desde el fin del plazo.
- Más de 12 meses de retraso: 15%, más intereses de demora desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la fecha de presentación.
Si es la AEAT la que requiere el ingreso, el régimen de sanciones sustituye al de recargos:
- Infracción leve: 50% de la cantidad dejada de ingresar.
- Infracción grave: 100% de la cantidad dejada de ingresar.
- Infracción muy grave: 150% de la cantidad dejada de ingresar.
El modelo 111 declara retenciones que la empresa ha practicado a terceros. La cantidad retenida no pertenece al retenedor, lo que limita las posibilidades de aplazamiento y agrava la valoración del incumplimiento por parte de la AEAT.
Errores frecuentes al preparar el modelo 111
La mayoría de los errores del modelo 111 se originan antes de abrir el formulario de la AEAT. Corregir la causa evita presentar complementarias y acumular recargos.
| Error | Consecuencia | Corrección |
|---|---|---|
| Confundir el modelo 111 con el modelo 130 | Se declaran retenciones a terceros donde correspondía un pago fraccionado propio, o al revés | Verificar si la operación es una retención practicada a un perceptor (111) o un anticipo del IRPF propio (130) |
| Omitir facturas profesionales con retención | Las casillas 07–09 quedan incompletas y la AEAT detecta la diferencia al cruzar con los datos del profesional | Revisar todas las facturas pagadas en el trimestre y comprobar si incluyen retención |
| No cuadrar las nóminas con las casillas 01–03 | Los importes brutos o las retenciones del modelo no coinciden con las nóminas emitidas | Conciliar el listado de nóminas del período con los datos antes de presentar |
| Presentar un modelo 111 vacío sin modificar el censo | La AEAT recibe una autoliquidación sin datos cuando la obligación debería haberse dado de baja | Comprobar si procede una autoliquidación negativa o una comunicación censal de baja |
| Confundir el plazo de presentación con el de domiciliación | La domiciliación caduca el día 15 y la empresa intenta domiciliar el día 18 | Marcar en el calendario ambas fechas: día 15 para domiciliación, día 20 para presentación |
| No conciliar los datos trimestrales con el modelo 190 | Al presentar el resumen anual aparecen diferencias que obligan a revisar los cuatro trimestres | Verificar al cierre de cada trimestre que la suma acumulada cuadra con los registros del período |
Cuando las nóminas, incidencias de retención y certificados se gestionan desde un mismo software de gestión de nómina, los datos del modelo 111 se verifican contra la fuente original. La firma digital de los recibos de nómina garantiza la trazabilidad de cada documento, y un repositorio de gestión documental ordenado permite localizar cualquier justificante ante una inspección o una revisión del modelo 190.
Bizneo HR centraliza la prenómina, retenciones e incidencias laborales en una sola plataforma. Los datos de retenciones de cada trabajador quedan registrados y disponibles para trasladar a la autoliquidación trimestral, reduciendo los volcados manuales. El módulo de gestión documental almacena justificantes de presentación, nóminas y certificados de retenciones en un repositorio accesible ante inspecciones y la firma digital permite distribuir y firmar los certificados de retenciones a cada trabajador sin imprimir ni escanear documentos individuales.

