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Cómo solicitar la baja por maternidad

baja de maternidad

La baja de maternidad tiene una duración de 16 semanas y es un permiso remunerado al 100%. Tiene unos requisitos específicos y puede ampliarse gracias al permiso de lactancia.

La baja de maternidad es un derecho que tiene toda mujer trabajadora. Protege a la mujer económica y laboralmente para que pueda dedicarse, en exclusiva, a cuidar a su hijo en los primeros meses de vida. Las madres adoptivas o las que realizan una acogida pueden también acogerse a este permiso.

Qué es la baja por maternidad y cuánto dura

La baja por maternidad es un periodo de descanso en el trabajo debido al nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo en el que, la madre, tiene derecho a una prestación económica.

Lo que hace es evitar que sufra un perjuicio económico durante el tiempo que necesita para recuperarse del parto y cuidar a su hijo, en los primeros meses de vida.

Es la Seguridad Social, y no la empresa de la madre, la que afronta el pago de esta prestación durante los meses que dura la baja. En concreto, la baja de maternidad dura 16 semanas, ininterrumpidas, a contar desde el día en que nace el bebé, se le adopta o se le acoge. La madre deberá disfrutar obligatoriamente de seis semanas. Las restantes puede cederlas al padre o compartirlas con él.

Consideraciones de la baja por maternidad

Si se produce un parto múltiple, este descanso laboral aumentará dos semanas más por cada hijo que nazca, a partir del segundo. Es decir, si una mujer tiene trillizos le corresponderían las 16 semanas de baja más dos por el segundo hijo y otras dos por el tercero. En total 20 semanas.

Es importante saber que, si la baja por maternidad tiene lugar por adopción o acogimiento de un menor, la madre podrá disfrutar de las 16 semanas únicamente si el hijo es menor de 6 años o si es mayor de 6 y menor de 18, pero tiene alguna discapacidad.

Si el bebé debe permanecer hospitalizado más de 7 días desde su nacimiento, el permiso se amplía tantos días como el menor haya estado hospitalizado, con un máximo de 13 semanas más.

Durante la baja de maternidad, la empresa no puede despedir a la trabajadora excepto en casos muy concretos como el cierre de la compañía por motivos económicos.

Requisitos de la baja de maternidad

Para poder acogerse al permiso de maternidad y cobrar la prestación correspondiente la mujer tiene que reunir unos requisitos:

  1. La trabajadora tiene que estar dada de alta en la Seguridad Social, ya sea como trabajadora, como autónoma o como beneficiaria de un subsidio de desempleo.
  2. Debe haber cotizado durante un periodo mínimo que dependerá de la edad que tenga la mujer:
  • Si es menor de 21 años la ley no exige un periodo mínimo de cotización.
  • Cuando tiene entre 21 y 26 años debe haber cotizado, al menos, 90 días en los siete años anteriores a la baja de maternidad o 180 días durante toda su vida laboral.
  • Si es mayor de 26 años su cotización tiene que ser de 180 días comprendidos en los siete años previos al parto o de 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

Puede ocurrir que la madre no cumpla los requisitos anteriormente mencionados para cobrar la baja por maternidad, ¿qué ocurre entonces?

La mujer puede solicitar el subsidio no contributivo del 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) durante 42 días naturales.

Este índice se utiliza para valorar qué ayuda o subvención le corresponde a una persona en función de su situación particular. Normalmente suele ser de 17,93 euros al día por lo que el importe de esta prestación sería de unos 537,84 euros mensuales aproximadamente.

Es importante saber que esta ayuda solo se concede por nacimiento de un hijo y no por acogimiento o adopción. La duración del subsidio no contributivo puede aumentarse 14 días más si:

  • El nacimiento se produce en una familia monoparental.
  • El parto es múltiple.
  • El bebé o la madre tienen una discapacidad mínima de un 65%.
  • Nace dentro de una familia numerosa.

Cuál es la prestación por maternidad

Para saber cuánto se cobra durante el tiempo que dura la prestación por maternidad hay que revisar la nómina anterior al nacimiento del bebé.

En ella hay un epígrafe que se llama Contingencias Comunes. Esa cantidad se dividirá entre 30 días, si el salario es mensual, y obtendremos lo que cobra por día de baja maternal. Si multiplicamos ese importe diario por el total de días que está de baja al mes, obtendremos la nómina de cada uno de los 4 meses en los que la mujer está de baja.

En el caso de que el parto fuera múltiple o de que se produzca una adopción de dos o más menores, se seguirá cobrando el 100% de la base reguladora, como en un parto normal, pero además, la trabajadora cobrará un subsidio especial por cada uno de los hijos -a partir del segundo-. Esta prestación adicional tiene una duración de 6 semanas a contar desde el nacimiento o de la fecha de adopción o acogimiento.

El pago de la baja por maternidad suele realizarse el último día hábil del mes o, si es festivo, el día hábil anterior. El encargado de ingresarlo es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si a la mujer le corresponde el subsidio especial recibirá el importe, en un único pago, seis semanas después del nacimiento del menor.

En el caso de estar cobrando una prestación por desempleo, ésta se suspende al dar a luz y se pasa a cobrar la baja por maternidad. En el momento en el que se termine el permiso de maternidad se retomará el pago del paro correspondiente.

Si la trabajadora, lo es por cuenta propia, tiene los mismos derechos, pero además, existe una bonificación del 100% de la cuota de autónomos a disfrutar durante el periodo de baja.

¿La prestación por maternidad está exenta de IRPF?

. Esto es así desde octubre de 2018. Por eso Hacienda está obligada a devolver las cantidades correspondientes por las que tributaron a las mujeres que se convirtieron en madres y cobraron la prestación entre 2014 y 2017. 

Para solicitar la devolución del IRPF puede hacerlo de forma presencial o de manera online, a través de la página web de la Agencia Tributaria. Las que han sido madres a partir de octubre de 2018 no tienen que pagar ningún tipo de retención a la Seguridad Social.

Además, existe otra ayuda que Hacienda concede a las madres trabajadoras que se trata de 1.200 euros al año, exentos del pago de IRPF. Esta cantidad puede deducirse íntegra en la declaración de la renta o cobrarla mes a mes por un importe de 100 euros mensuales.

Cómo se solicita la prestación por maternidad

Para solicitar la prestación por maternidad la interesada debe rellenar el modelo oficial, debidamente cumplimentado, y presentarlo en el Instituto Nacional de Estadística (INSS) junto al original y copia del DNI o pasaporte, el libro de familia y el informe de maternidad expedido por el hospital en el que tuvo lugar el alumbramiento. 

Tendrá que adjuntar la documentación adicional correspondiente si se trata de una adopción, si cede una parte de su baja al padre o si solicita empezar a cobrar la baja antes de producirse el parto. En este último caso, solo podrá solicitar la baja 10 semanas antes de la fecha prevista para el parto.

La trabajadora podrá pedir la prestación a partir del día siguiente del nacimiento y en un plazo máximo de cinco años. El INSS tiene 30 días para emitir una resolución sobre si acepta o deniega la solicitud, desde la fecha de presentación de la misma.

El permiso de lactancia tras finalizar la baja de maternidad

El permiso de lactancia es un derecho que tiene, tanto el padre como la madre, pero que tendrán que ponerse de acuerdo para solicitarlo ya que únicamente puede disfrutarlo uno de los progenitores.

Consiste en ausentarse del trabajo para dar de comer al bebé, ya sea leche artificial o natural.  Puede acogerse a él de 2 maneras distintas:

  • Eligiendo una hora diaria de la jornada laboral, que puede también fraccionarse en dos periodos de media hora, durante los primeros nueve meses de vida del menor.
  • Acumulando todas las horas correspondientes y trasladando su equivalencia a días de permiso. El cálculo es sencillo. Con el calendario laboral en la mano se suma una hora por cada día laboral, sin contar festivos, desde que la trabajadora termina la baja de maternidad hasta que el bebé cumpla nueve meses. Ese número de horas se extrapola a días y esos días serían los que la madre o el padre añadiría a su baja.

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