Un canal de denuncias permite gestionar internamente las irregularidades antes de que generen consecuencias reputacionales, legales o penales para la organización. Los plazos que fijó la Ley 2/2023 para implantarlo vencieron en diciembre de 2023, y las empresas que aún no lo tienen están expuestas a sanciones desde entonces.
Según el último informe de Adecco el 42% de los empleados en España considera que su empresa no cuenta con mecanismos adecuados para comunicar problemas internos.
Gestionar bien un canal de denuncias, denominado en la Ley 2/2023 sistema interno de información, reduce la exposición penal de la organización, protege su reputación y genera un entorno donde los problemas se resuelven antes de que escalen.
Qué es un canal de denuncias
Un canal de denuncias es un sistema interno de información que permite a empleados y terceros vinculados a la empresa comunicar conductas ilícitas, irregularidades o vulneraciones del código de conducta de forma anónima y segura.

El canal de denuncias no sustituye al Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social y recoge denuncias sobre precariedad laboral o vulneración de la normativa laboral. Son canales con destinatarios y consecuencias distintos: el canal interno gestiona irregularidades dentro de la propia organización; el Buzón de la ITSS activa una inspección externa.
El canal de denuncias tampoco es lo mismo que un canal ético. Aunque comparten el objetivo de detectar irregularidades, tienen alcances distintos: el canal de denuncias cubre conductas ilícitas con consecuencias legales para la organización; el canal ético recoge también comportamientos contrarios a los valores o al código de conducta interno, aunque no constituyan una infracción normativa.
Los objetivos del canal de denuncias
- Detectar y prevenir actividades ilícitas. El canal identifica conductas que van contra la ley o el código de conducta interno antes de que generen daño, lo que permite actuar mientras el problema aún es gestionable internamente.
- Mejorar las medidas de control interno. Cada denuncia tramitada aporta información real sobre dónde fallan los procesos, lo que permite reforzar los controles y reducir el riesgo de que se repitan malas prácticas.
- Disminuir o eximir la responsabilidad penal de la empresa. Cuando un miembro de la organización comete un delito, disponer de un canal activo y documentado puede atenuar o eximir la responsabilidad penal de la persona jurídica, previa demostración ante el tribunal.
- Fomentar el funcionamiento del sistema disciplinario. Las denuncias generan evidencia que permite aplicar el régimen sancionador con criterio y trazabilidad, lo que disuade futuras conductas indebidas.
- Colaborar con investigaciones judiciales. Si se abre un procedimiento penal que involucra a la empresa, el historial del canal acredita que existían mecanismos de control activos y que la organización actuó de buena fe.
Cuándo es obligatorio el canal de denuncias para empresas
La Ley 2/2023 transpone en España la Directiva 2019/1937 (conocida como directiva whistleblowing) y establece qué empresas y entidades están obligadas a implantar un canal de denuncias. El criterio principal es el tamaño de la plantilla, pero hay supuestos adicionales que obligan con independencia del número de trabajadores.
| Tipo de empresa | Criterio de obligatoriedad |
| Empresa privada | 50 o más trabajadores |
| Entidad pública | Municipio de más de 10.000 habitantes |
| Empresa del sector financiero | Con independencia del tamaño, por su actividad |
| Empresa con actividad de riesgo regulado | Sujetas a normativa de blanqueo de capitales, seguridad en el transporte o protección medioambiental |
| Empresa deportiva, de ocio o formativa | Cuando atiende a menores de edad |
Qué sanciones prevé la Ley 2/2023 por incumplimiento
Las sanciones por no implantar el canal de denuncias o por obstaculizar su funcionamiento oscilan entre 100.000 euros para infracciones leves y 1.000.000 de euros para las muy graves, según establece la Ley 2/2023.
La cuantía no es automática ni uniforme. La Ley 2/2023 gradúa la sanción en función de la reincidencia, el daño causado a terceros, la intencionalidad y la voluntad de reparación demostrada por la empresa. Una organización que acredite que actuó de buena fe y adoptó medidas correctoras puede ver reducida la cuantía, aunque no implantara el canal dentro del plazo.
Cómo funciona un canal de denuncias laborales
El proceso arranca cuando el informante presenta la comunicación a través del canal habilitado por la empresa. El responsable del sistema la recibe, evalúa si existen indicios suficientes para tramitarla y decide si abre o archiva el expediente.
Si la denuncia se tramita, inicia una investigación interna que puede derivar en medidas disciplinarias, en la comunicación al Ministerio Fiscal si los hechos son constitutivos de delito, o en archivo con constancia documentada.
Bizneo HR centraliza la recepción, clasificación y seguimiento de cada expediente en un único panel: el responsable de RR. HH. ve el estado de cada denuncia, los días que lleva abierta, y se comunica con el informante preservando la confidencialidad, sin gestionar emails ni hojas paralelas.
Tipos de canal de denuncias según la Ley 2/2023
La Ley 2/2023 obliga a que el canal admita comunicaciones escritas y verbales. Las escritas pueden realizarse por correo postal o cualquier medio electrónico habilitado. Las verbales, por teléfono, mensajería de voz o reunión presencial a solicitud del informante, en un plazo máximo de 7 días desde la solicitud.
Los canales deben permitir también la presentación y tramitación de comunicaciones anónimas, según establece el artículo 7.3 de la ley. La confidencialidad de la identidad del informante no la garantiza el canal en sí mismo, sino el sistema en su conjunto: debe estar diseñado para impedir el acceso de personal no autorizado a la identidad del informante y a las actuaciones derivadas de la comunicación.

En la práctica, la mayoría de organizaciones implanta un software de canal de denuncias corporativo, ya que es el formato que mejor garantiza el anonimato técnico y la trazabilidad del expediente frente a las vías telefónica o postal.
Plazos del proceso: acuse e investigación
La Ley 2/2023 establece tres plazos que el responsable del sistema debe cumplir obligatoriamente.
- Acuse de recibo: la organización dispone de 7 días naturales desde la recepción de la comunicación para confirmar al informante que ha llegado, salvo que hacerlo pudiera comprometer su confidencialidad.
- Investigación: el plazo máximo para resolver es de 3 meses desde la recepción de la comunicación. Durante este periodo, el responsable debe mantener informado al informante del estado del expediente.
- Prórroga: en casos de especial complejidad, el plazo de investigación puede ampliarse otros 3 meses adicionales, con un techo total de 6 meses.
La Ley obliga además a mantener informado al informante del estado del expediente durante todo el proceso, y a remitir la información al Ministerio Fiscal de forma inmediata si los hechos son constitutivos de delito.
Cómo implementar un canal de denuncias paso a paso
La Ley 2/2023 no establece un procedimiento único de implantación, pero fija los requisitos mínimos que la organización debe cubrir antes de declarar el canal operativo.
1. Designar al Responsable del Sistema
El órgano de administración nombra a una persona física con independencia funcional para gestionar el canal. La designación debe comunicarse a la AIPI en los diez días hábiles siguientes al nombramiento. Sin el Responsable designado y notificado, el canal no puede considerarse operativo a efectos legales.
2. Aprobar el procedimiento de gestión
El órgano de administración aprueba el documento que regula cómo se tramita cada comunicación: criterios de admisión, plazos, flujo de escalado y régimen de confidencialidad. La Ley 2/2023 exige que sea un documento propio de la organización. No puede sustituirlo la documentación del proveedor externo del canal de denuncias.
3. Habilitar los canales de comunicación
La Ley obliga a admitir comunicaciones escritas y verbales. La mayoría de organizaciones opta por una plataforma digital que garantice el anonimato técnico, aunque puede complementarse con línea telefónica o buzón postal. El sistema debe estar configurado y probado antes de comunicarlo a la plantilla.

Bizneo HR permite a los empleados comunicar irregularidades sobre compañeros, líderes, extrabajadores, proveedores y clientes con opción anónima o identificada, adjuntando pruebas al expediente. El sistema opera con encriptación SSL y cumple con la normativa de protección de datos, protegiendo la identidad del informante a lo largo de todo el proceso.
4. Publicar la política del canal
La política del sistema debe aprobarse internamente y comunicarse a toda la plantilla y a los terceros vinculados: qué es el canal, qué conductas cubre, cómo funciona y qué protecciones tiene el informante frente a represalias. La comunicación puede realizarse a través del portal del empleado o ponerse a disposición de los trabajadores en una base de conocimiento interna.
5. Registrar el sistema ante la AIPI
La Autoridad Independiente de Protección del Informante debe recibir la notificación de la existencia del canal y la identidad del Responsable del Sistema. El registro acredita la operatividad del canal frente a posibles inspecciones y es un requisito formal de la Ley 2/2023.
6. Activar el registro de expedientes
Desde el primer día operativo, cada comunicación recibida debe registrarse con fecha, estado y actuaciones realizadas. El registro tiene valor probatorio frente a inspecciones y es la única forma de demostrar que los plazos legales se han cumplido en cada expediente.
Modelo de procedimiento de gestión del canal de denuncias
El procedimiento de gestión es el documento que aprueba el órgano de administración y que da validez operativa al canal. Su existencia y contenido son dos de los criterios que la AIPI y los tribunales valoran para determinar si el sistema es real y activo.
| Elemento | Contenido mínimo |
|---|---|
| Ámbito de aplicación | Qué conductas pueden denunciarse y quiénes están habilitados para comunicarlas |
| Canales habilitados | Vías escritas y verbales disponibles, con especificaciones técnicas de cada una |
| Responsable del Sistema | Identidad, funciones e independencia funcional de la persona designada |
| Criterios de admisión a trámite | Indicios mínimos que una comunicación debe aportar para ser tramitada |
| Plazos obligatorios | Acuse de recibo: 7 días naturales. Investigación: 3 meses, prorrogable a 6 |
| Régimen de confidencialidad | Cómo se protege la identidad del informante y de la persona afectada |
| Conservación de datos | Plazo máximo de conservación: 10 años desde la resolución del expediente |
| Protocolo ante represalias | Medidas que activa la organización si detecta una represalia contra el informante |
En qué criterios se basa la admisión a trámite de una denuncia
La ley no establece criterios tasados de admisión para el canal interno del sector privado. Cada organización los define en su propio procedimiento de gestión, el documento que aprueba el órgano de administración y que regula cómo se tramita cada comunicación.
Lo habitual es que el Responsable del Sistema evalúe si la comunicación aporta indicios suficientes de verosimilitud y datos que permitan iniciar al menos una investigación preliminar.
Cuando la denuncia se admite a trámite
El Responsable abre el expediente e inicia la investigación. Durante ese proceso debe:
- Mantener informado al informante del estado del expediente.
- Garantizar el derecho de la persona afectada a conocer los hechos que se le atribuyen y a ser oída, respetando en todo momento su presunción de inocencia.
- Remitir la información al Ministerio Fiscal de forma inmediata si los hechos son indiciariamente constitutivos de delito.
La investigación puede concluir en medidas disciplinarias internas, en un procedimiento sancionador o penal, o en archivo con constancia documentada si no se confirman los hechos.
Cuando la denuncia no se admite a trámite
La comunicación se archiva dejando constancia documentada de la decisión y el motivo. Las comunicaciones que habitualmente no prosperan son las que carecen de cualquier indicio objetivo de verosimilitud, las que afectan a conflictos estrictamente interpersonales entre las partes o las que quedan fuera del ámbito de aplicación del canal según el procedimiento interno de la empresa.
En ningún caso el archivo de una denuncia exime a la organización de mantener el registro de la comunicación recibida. Ese registro tiene valor probatorio frente a inspecciones y acredita que el sistema está activo y operativo.

Bizneo HR registra automáticamente cada comunicación con fecha, estado, actuaciones realizadas y resolución, de forma que el Responsable del Sistema puede acreditar en cualquier momento el historial completo del expediente sin depender de hojas de cálculo ni archivos paralelos.
Canal interno vs. externalización: cuándo aplica cada modelo
La Ley 2/2023 permite dos modelos de gestión: que la empresa lleve el canal con su propio equipo o que encargue esa función a un tercero externo. Ninguno es mejor por defecto. La decisión depende de cuatro variables concretas que el responsable de RR. HH. debe evaluar antes de elegir.
| Criterio | Canal interno | Canal externalizado |
| Tamaño y volumen | Adecuado en empresas de 50 a 250 trabajadores | A partir de 250 empleados, o con alta rotación o conflictividad interna |
| Control y cumplimiento | La empresa gestiona el expediente directamente y verifica en tiempo real que los plazos y garantías de la ley se cumplen | La responsabilidad legal sigue siendo de la empresa aunque falle el proveedor: si el tercero incumple, quien responde ante la AIPI es la organización |
| Recursos del equipo | Requiere disponibilidad real: acuse en 7 días, seguimiento activo en 3 meses, comunicación preservando la confidencialidad | Recomendado si el equipo de RR. HH. no puede asumir esa carga sin afectar otras funciones |
| Sector y entorno regulatorio | Válido en cualquier sector cuando el software cumple con los estándares de seguridad exigidos por la ley | En financiero, sanidad o sector público con mayor escrutinio externo, algunas organizaciones optan por la gestión externa para reforzar la percepción de independencia |
Qué se puede externalizar y qué no
La gestión técnica del canal puede delegarse en un proveedor externo: la recepción de comunicaciones, el sistema de anonimato, la interfaz del informante y el archivo del expediente. Lo que no puede salir de la organización, independientemente del modelo elegido, son las responsabilidades formales sobre el sistema:
- El nombramiento del Responsable del Sistema es competencia del órgano de administración. Debe ser una persona física interna, con independencia funcional, y su designación debe comunicarse a la AIPI en los diez días hábiles siguientes.
- La aprobación del procedimiento de gestión corresponde al órgano de administración. El proveedor puede redactar un borrador técnico, pero quien aprueba y firma es la empresa.
- La política del sistema debe aprobarse y publicarse internamente. No puede sustituirla la documentación del proveedor externo.
- La responsabilidad legal no se transfiere aunque la gestión sea externa. Si el proveedor falla, quien responde ante la AIPI es la organización.
La investigación puede encomendarse a un tercero cuando sea necesario, pero la decisión de abrir, archivar o escalar el expediente sigue siendo del Responsable interno.
El canal de denuncias de Bizneo HR cumple ISO 27001, ISO 9001 y ENS, lo que resuelve el argumento de independencia técnica sin externalizar la responsabilidad.

La jerarquía de comunicación: interno, externo y divulgación pública
La Ley 2/2023 establece una jerarquía de tres escalones que el informante puede recorrer en función de las circunstancias, y que la empresa debe conocer para entender cuándo puede perder el control del expediente.
- Primer escalón: canal interno. Es el cauce preferente. La ley considera que, siempre que sea posible tramitar la irregularidad de forma efectiva dentro de la organización y el informante no perciba riesgo de represalias, el canal interno debe ser el primer paso.
- Segundo escalón: canal externo ante la AIPI. Si el canal interno no funciona, si la organización no responde en plazo o si el informante considera que existe riesgo de represalia, puede acudir directamente a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI). El informante puede usar este canal incluso sin haber pasado por el interno. Desde este punto, la investigación pasa a manos de una autoridad administrativa externa y la empresa pierde la capacidad de gestión del expediente.
- Tercer escalón: divulgación pública. Si los dos canales anteriores no han funcionado, o si existe un peligro inminente para el interés público, el informante puede hacer pública la información y seguir gozando de protección legal. Este escalón incluye la posibilidad de acudir a medios de comunicación, organismos de la sociedad civil o plataformas digitales.
Para el director de RR. HH., la consecuencia práctica es directa: un canal interno bien gestionado, con respuestas dentro de plazo y garantías operativas reales, es la única forma de mantener el control del proceso. Cada caso que no se gestiona correctamente internamente es un caso que puede escalar al segundo o tercer escalón, con visibilidad externa y sin posibilidad de intervención.
La existencia de un programa de cumplimiento normativo activo que incluya el canal de denuncias como pieza central, es también uno de los criterios que los tribunales y la propia AIPI valoran al graduar la responsabilidad de la organización en caso de infracción.
Ventajas de implantar un canal de denuncias compliance
Un canal de denuncias bien gestionado es un mecanismo de control interno que reduce riesgos reales para la organización. Estas son las ventajas concretas para el director de RR. HH. y el equipo directivo:
- Protege la reputación de la empresa. Las irregularidades que no tienen un cauce formal de resolución interna acaban saliendo fuera, con un coste reputacional que es mucho más difícil de reparar que el problema original.
- Reduce la exposición penal de la organización. Cuando un miembro de la empresa comete un delito, disponer de un canal activo y documentado es un argumento legal relevante. La Ley prevé la posibilidad de eximir o atenuar la sanción a las empresas que acrediten que actuaron de buena fe y adoptaron medidas correctoras.
- Acredita la diligencia debida ante los tribunales. El artículo 31 bis del Código Penal establece los supuestos concretos en que la persona jurídica puede ver atenuada o eximida su responsabilidad, y el canal de denuncias activo es uno de los elementos que los tribunales valoran para acreditarlo.
- Genera una base de datos de incidencias con valor probatorio. Cada expediente tramitado queda registrado con trazabilidad completa. Esa base de datos es útil tanto en inspecciones como para evaluar la efectividad de las medidas disciplinarias aplicadas.
- Tiene efecto disuasorio sobre las malas conductas. Quien sabe que existe un canal formal con consecuencias reales tiene menos incentivo para cruzar la línea.
- Refuerza la confianza interna. Los empleados que perciben que pueden comunicar una irregularidad sin represalias tienen más disposición a hacerlo. La Ley garantiza el anonimato y prohíbe expresamente cualquier represalia contra el informante durante los dos años siguientes a la comunicación.
- Cumple la normativa y evita sanciones. Las empresas que aún no tienen el canal operativo están expuestas a sanciones de hasta un millón de euros. Implantarlo no es opcional para las organizaciones obligadas, pero hacerlo bien convierte una obligación en una herramienta de gestión real.

